Esta norma trata de la seguridad de los lavavajillas eléctricos no destinados a uso doméstico. Tales utensilios se utilizan para lavar platos, artículos de vitrocerámica, cubiertos como cubiertos y artículos similares, con o sin dispositivos de calentamiento de agua o de secado. La tensión nominal no excederá los 250 V para aparatos monofásicos conectados a una fase y neutro, ni más de 480 V para el resto de aparatos. Esta norma no se aplica a:
——aparatos diseñados para uso industrial, como los utilizados en la industria alimentaria para la limpieza de envases de productos finales (por ejemplo, lavadoras de botellas) y máquinas utilizadas en el proceso de producción;
——no constituyen una unidad funcional los lavavajillas, por ejemplo, cuyos transportadores transfieren los platos de una unidad independiente a otra;
——mecanismos transportadores accionados individualmente no incorporados en el aparato;
——destinados a ser utilizados en lugares donde frecuentemente se presentan condiciones especiales del aparato, como la presencia de atmósferas corrosivas o explosivas (polvo, vapor o gases inflamables), etc.
GB 4706.50-2001 Historia
2008GB 4706.50-2008 Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Requisitos particulares para lavavajillas eléctricos comerciales.