Esta norma recomienda los requisitos mínimos de desempeño operativo seguro para equipos informáticos de datos aéreos para uso en aeronaves propulsadas por turbinas subsónicas que operan hasta 50,000 pies de altitud de presión y 500 nudos de velocidad máxima indicada. Esta norma cubre los equipos de datos del aire (en adelante denominados el instrumento) que, cuando se conectan a fuentes de energía eléctrica de la aeronave, presión estática, presión estática, presión total y temperatura del aire exterior (solos o en combinación), proporcionan algunos o todos los siguientes datos del aire calculados. señales de salida: Altitud de presión; , Altitud de presión (informes), Altitud de presión barocorregida; , Velocidad vertical; , Velocidad calculada; , Número de Mach; , Velocidad máxima permitida; , Temperatura estática del aire (; cuando se utiliza como alternativa a la temperatura total), Temperatura total; , Índice de altitud, Advertencia de exceso de velocidad, Mantenimiento de altitud, Mantenimiento de velocidad, Mantenimiento de Mach, qc (presión de impacto), Velocidad real, Otros.