Cubre los requisitos de seguridad para equipos de servicio con capacidad de 600 voltios o menos y destinados a ser empleados de acuerdo con ANSI/NFPA 70-1981, Código Eléctrico Nacional. Estos requisitos cubren dispositivos con o sin servicio, interruptores principales o disyuntores, que están destinados exclusiva o particularmente para su uso en servicios, ya sea solos o junto con medidores, y generalmente incorporan características que no se requieren cuando los dispositivos se usan en otro lugar que no sea en servicios. . Dichos equipos incluyen interruptores de entrada de servicio, interruptores de servicio de medidores, disyuntores de servicio, equipos de servicio para motores, bloques de prueba de medidores y combinaciones de interruptores de servicio de medidores y fusibles o disyuntores de circuitos derivados.