ANSI N320-1979
Especificaciones de funcionamiento de los instrumentos de vigilancia radiológica de emergencia del reactor

Estándar No.
ANSI N320-1979
Fecha de publicación
1978
Organización
American National Standards Institute (ANSI)
Estado
Remplazado por
ANSI N320-2005
Ultima versión
ANSI N320-2005
Alcance
Esta norma define, para varios tipos de instrumentación, los parámetros de rendimiento esenciales y la ubicación general para monitorear la liberación de radionucleidos asociados con un accidente grave postulado en una instalación de reactor. Esta norma no especifica cuáles de los instrumentos o sistemas se requieren ni considera el número o los detalles específicos. ubicaciones de dichos instrumentos. Esta norma tampoco aborda criterios de falla únicos asociados con la instrumentación de seguridad nuclear. A los efectos de esta norma, la consideración predominante en la evaluación de emergencias radiológicas es la medición de los productos de fisión con suficiente prontitud para permitir que se tomen decisiones de emergencia oportunas. Cuando los instrumentos utilizados para operaciones de rutina cumplan con los criterios aquí establecidos, no es necesario duplicarlos para tener instrumentación de emergencia separada. La instrumentación de doble propósito debe cumplir con los requisitos de esta norma. 1.1 Introducción. Las agencias reguladoras exigen el desarrollo de planes de emergencia integrales para las instalaciones de reactores nucleares. Dichos planes deben incluir la provisión de instrumentación radiológica adecuada para detectar y cuantificar liberaciones accidentales de radiactividad de estas instalaciones. Esta norma presenta criterios de desempeño para la instrumentación para detectar y cuantificar dichas liberaciones de materiales radiactivos. Los criterios se basan en estimaciones de la cantidad y caracterización del material radiactivo que podría escaparse como consecuencia de un supuesto accidente en una instalación de reactor. A lo largo de estos criterios se han utilizado tres verbos para indicar el grado de rigor que pretende el proyecto específico. criterio. La palabra deberá se utiliza para denotar un requisito, la palabra debería para denotar una recomendación y la palabra puede para denotar permiso, ni un requisito ni una recomendación. Es importante que los instrumentos, sistemas o componentes individuales destinados a aplicaciones de emergencia sean: (1 ) Calificado para su uso en condiciones extremas (2) Probado preoperacionalmente en todo el rango de operación (3) Comprobado y calibrado periódicamente de acuerdo con un programa de calibración apropiado. Los criterios aquí establecidos se aplican únicamente a la instrumentación instalada o ubicada en la instalación del reactor y destinada a ser utilizada por el personal de la instalación en la realización de Operaciones de emergencia. La selección de instrumentos se determinará necesariamente caso por caso, considerando los planes de emergencia de cada instalación y los parámetros específicos del sitio. Estos planes involucran varios elementos que incluyen la medición de parámetros meteorológicos, el establecimiento de comunicaciones, la disposición de personal de apoyo al trabajo fuera del sitio, la identificación de capacidades, la capacidad de detectar condiciones de emergencia y la cuantificación de emisiones.

ANSI N320-1979 Documento de referencia

  • ANSI N323-1978 Instrumentación de protección radiológica - Ensayo y calibración

ANSI N320-1979 Historia

  • 2005 ANSI N320-2005 Especificaciones de rendimiento de los instrumentos de vigilancia radiológica de emergencia de reactores
  • 1978 ANSI N320-1979 Especificaciones de funcionamiento de los instrumentos de vigilancia radiológica de emergencia del reactor



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