Esta norma internacional especifica el marcado con sello de las bombonas y tubos de gas transportables recargables de volumen superior a 0,5 | y menor o igual a 3 000 | incluidos:
——cilindros de gas de acero y aluminio;
——cilindros de gas compuestos;
——cilindros de acetileno. En lo sucesivo se denominarán "cilindros". Esta norma internacional no cubre el marcado con sello de cilindros de GLP.