2. 1. Esta norma se aplicará a las planchas fabricadas con fibras de madera, ligadas o no con materias orgánicas o con resinas sintéticas, que pueden contener sustancias que mejoren las propiedades físico-químicas de las fibras y su resistencia a los agentes atmosféricos y biológicos. 2. 2. Se excluyen los productos fabricados con pulpa de madera, aserrín, virutas, astillas o harina de madera y con mezclas de ellos.