Se trata de bombonas de gas de acero sin costura y sin refuerzos, como por ejemplo alambre enrollado, destinadas al almacenamiento y transporte de gases licuables permanentes y de alta presión, de capacidad nominal de 0,5 a 250 litros de capacidad de agua. Esta norma establece los requisitos para el material a utilizar en la fabricación de cilindros, su construcción, marcado y ensayo. 1.1 Los cilindros no se llenarán con gas a menos que se hayan tomado medidas para garantizar que en el momento del llenado, el gas esté, en la medida de lo razonablemente posible, libre de humedad. 1.2 Los cilindros fabricados con material Tipo 2 son adecuados como cilindros de oxígeno portátiles para uso en montañismo.
IS 7285-1988 Historia
1989IS 7285-1988 ESPECIFICACIÓN PARA CILINDROS DE ACERO SIN COSTURA PARA GASES LICUABLES PERMANENTES Y DE ALTA PRESIÓN (Segunda Revisión)