Esta norma establece las especificaciones de proyecto; de las tomas para la recepción por camiones cisternas, de petróleo o sus derivados mediante bombeo, las que se cumplirán en las nuevas instalaciones y en caso de restauraciones de las exis-tentes. Esta norma no es aplicable cuando la recepción es por gravedad, a través de registros o cuando en la toma se efectúa el mues-treo. Esta norma no es aplicable al gas licuado del petróleo.
NC 33-98-1988 Historia
1988NC 33-98-1988 Industria del aceite. Especificaciones de Diseño de Entradas para Recepción de Camiones Cisterna