La norma se aplica a las plataformas elevadoras no manuales destinadas al transporte vertical o casi vertical de pasajeros, distintas de las escaleras, con una velocidad no superior a 0,1 m/s y con una altura de elevación no superior a 1,8 m.
NEN 3584-1980 Historia
1980NEN 3584-1980 Plataformas elevadoras de pasajeros con baja velocidad y altura de elevación limitada. Requisitos de seguridad