1.1 Esta norma se aplica a hornos eléctricos, de una, dos o tres pisos, para instalación en cocinas, cafeterías, panaderías y lugares similares, operados por gobiernos y autoridades públicas, y para uso en circuitos de corriente alterna de 50 Hz que no excedan los 250 V a la tierra.
NZS GP 53:1969 Historia
1969NZS GP 53:1969 Especificación de compras gubernamentales para HORNOS ELÉCTRICOS COMERCIALES