1.1 Esta norma se aplica a tostadoras calentadas eléctricamente para instalación en cocinas, cafeterías y similares, operadas por autoridades gubernamentales y públicas y para uso de circuitos de corriente alterna de 50 Hz que no excedan los 250 V a tierra.
NZS GP 47:1969 Historia
1963NZS GP 47:1969 Especificación de compras gubernamentales para TOSTADORAS ELÉCTRICAS COMERCIALES