Esta Norma Internacional especifica el desequilibrio máximo permitido para los diferentes tipos de muelas con un diámetro exterior de al menos 125 mm y una velocidad de trabajo de al menos 16 m/s. Se incluye un método para medir el desequilibrio. Además, de esta norma se desprende si el desequilibrio medido es admisible o no. Esta norma internacional se aplica a las muelas abrasivas fabricadas con abrasivo aglomerado tal como se entregan. Esta norma internacional no es aplicable a: muelas abrasivas de diamante, nitruro de boro cúbico o piedra natural;
——Discos reguladores para rectificado sin centros, discos lapeadores y discos para rectificado lateral, discos esféricos o discos abrasivos de vidrio. Notas (1) Los valores se refieren a la propia muela, independientemente de cualquier desequilibrio que pueda producirse en el eje auxiliar o en la fijación de la muela al eje auxiliar. Estas piezas deben estar equilibradas entre sí con las bridas de montaje y libres de errores geométricos. (2) Los efectos del desequilibrio son la causa de:
——tensiones adicionales sobre los ejes de las máquinas y sus fijaciones;
——desgaste excepcional de los rodamientos;
——Vibraciones que afectan el resultado del rectificado y aumentan las tensiones internas en la muela;
——fatiga progresiva del operador.
ONORM ISO 6103:1990 Historia
1990ONORM ISO 6103:1990 Productos abrasivos aglomerados; equilibrio en estado de muelas abrasivas; pruebas