Consulte la NORMA EN 71 Parte 1. Esta norma contiene requisitos y métodos de prueba para la migración de materiales y piezas de juguetes, excluidos los materiales inaccesibles (consulte la Parte 1, Sección 4.17). El juguete sometido a prueba se somete a las pruebas pertinentes especificadas en la Parte 1 de esta norma para evaluar la accesibilidad. Esta norma contiene requisitos para la migración de los siguientes materiales de juguetes:
——revestimientos de tintes y barnices, revestimientos de tintas de impresión y revestimientos similares, — polímeros y materiales similares, — papel y cartón, — textiles, — materiales teñidos (por ejemplo, madera impregnada o cuero), - materiales metálicos, - sustancias para escribir, dibujar o pintar (por ejemplo, materiales de grafito en lápices y tinta líquida en bolígrafos), - plastilina y geles, - pinturas y barnices (incluidas las pinturas para dedos), esmaltes en polvo y sustancias similares en estado sólido. o en forma líquida, como partes de juguetes. NOTA Los polímeros y sustancias similares que se encuentran en forma de textiles se consideran textiles en esta norma. La norma no se aplica a materiales metálicos distintos de:
——los contenidos en juguetes destinados a su uso. entra en contacto con la boca (por ejemplo, instrumentos musicales de juguete), o — los contenidos en juguetes u otros componentes desmontables de un juguete (incluidas las partes quemadas cuando el juguete se prueba de conformidad con la parte 1), que pasa a través de la ranura de anillo de prueba A durante la prueba según la Parte 1, Sección 4.22. Juguetes y partes de juguetes que, por su función, masa, tamaño y otras características, no sean susceptibles de ser tragados, succionados o lamidos, teniendo en cuenta el comportamiento normal y predecible de los niños no afectados por esta parte de la norma.