Esta "NORMA debe utilizarse al elaborar un plan de alarma para objetos en los que se manipulan sustancias radiactivas de forma abierta y/o cerrada o en forma especial en instalaciones técnicas o médicas y en los que la exposición a la radiación corresponde a las áreas de peligro II a IV según "? No se puede excluir la NORMA S 5202 (p. ej. laboratorios de tipo A y B según el apéndice 12 del Reglamento de protección radiológica). En presencia de sustancias radiactivas abiertas, no es necesario elaborar ningún plan de alarma si la actividad de las sustancias radiactivas presentes es inferior a la requerida para un lugar de trabajo de tipo B de acuerdo con? Se permite el Apéndice 12 de la Ordenanza de Protección Radiológica (ver Tabla 1); En este caso, es responsabilidad del oficial de protección radiológica tomar las precauciones organizativas adecuadas.
ONORM S 5204-1982 Historia
1982ONORM S 5204-1982 Directrices para el diseño de un programa de emergencia en presencia de material radiactivo