Esta "NORMA" debe aplicarse a todas las estructuras, a menos que otras "NORMAS" contengan disposiciones especiales, por lo que para colisiones de vehículos en puentes de carretera, la "NORMA B 4002", en puentes ferroviarios, la "NORMA B 4003 Parte 1" y en carreteras Para puentes ferroviarios se aplica la “NORM B 4003 Parte 2” (ver también la Sección 5)
ONORM B 4016-1988 Historia
1988ONORM B 4016-1988 Cargas de diseño en la Edificación; Acciones acadenciales, impactos horizontales de vehículos^