La norma se aplica a los bidones de gasolina con accesorios (tapón y tubo de extensión), con un volumen nominal de dos a diez litros, fabricados en plástico polietileno. Las latas están destinadas a ser utilizadas como latas de repuesto. No están destinados al transporte ni al almacenamiento y no pueden apilarse llenos de gasolina ni almacenarse al aire libre. Los requisitos de la norma se basan en los grados ordinarios de gasolina existentes en el momento de la revisión más reciente de la norma en 1983. Si las latas se utilizan para grados de gasolina de otra composición o se comercializan para fines distintos a los establecidos Como se indica en el párrafo anterior, es posible que el material plástico del que están hechas las latas pueda verse afectado negativamente.
SIS SS 84 63 10-1983 Historia
1983SIS SS 84 63 10-1983 Bidones de repuesto - Bidones de gasolina de plástico polietileno - Volumen de 2 a 10 litros