Esta norma tiene como objetivo establecer las características de conexión de los lavabos suspendidos, independientemente de los materiales con los que estén fabricados. No se refiere a aparatos con un ancho real inferior a 530 mm o superior a 750 mm. Nota - Sólo se deben respetar las dimensiones de las piezas cotizadas. Se proporciona la forma esquemática de los dispositivos representados en los bocetos1 para una mejor comprensión de los dibujos; no perjudica la forma final de los dispositivos, que se deja a la iniciativa de los fabricantes.