1.1 Esta especificación cubre los requisitos mínimos para el personal de campo y de laboratorio, para establecer y mantener un sistema de calidad, y establece calificaciones mínimas para las agencias involucradas en las pruebas e inspección de materiales de carreteras y pavimentación. 1.2 Se proporcionan criterios para evaluar la capacidad de una agencia. realizar adecuadamente las pruebas designadas en materiales de carreteras y pavimentación, y establecer pautas relacionadas con la organización, el personal, las instalaciones y el sistema de calidad de una agencia. Esta especificación puede complementarse con criterios más específicos, como los de la Especificación E 329, y requisitos para proyectos particulares. 1.3 Esta especificación puede usarse como base para evaluar agencias de prueba o inspección, o ambas, y está destinada a ser utilizada para el calificar o acreditar, o ambas, de agencias de prueba o inspección, públicas o privadas, involucradas en la prueba e inspección de materiales de carreteras y pavimentación. 1.4 Se requiere acreditación para cumplir con esta norma. (Ver 8.1.5.) 1.5 Los usuarios de la agencia acreditada deben revisar el alcance de acreditación de la agencia para garantizar que la agencia haya sido acreditada por su competencia técnica para realizar las tareas solicitadas por el usuario. 1.6 Esta norma no pretende abordar todos de los problemas de seguridad, si los hubiera, asociados con su uso. Es responsabilidad del usuario de esta norma establecer prácticas apropiadas de seguridad y salud y determinar la aplicabilidad de las limitaciones reglamentarias antes de su uso.