1.1 Esta norma cubre accesorios de plomería de porcelana vítrea y no vítrea y especifica requisitos para materiales, construcción, desempeño, pruebas y marcas. Los requisitos de desempeño y los procedimientos de prueba de esta Norma se aplican a todos los tipos de inodoros y urinarios que descargan en sistemas de drenaje por gravedad en edificios y estructuras permanentes, independientemente de su ocupación. 1.2 Esta Norma cubre los siguientes accesorios de plomería: (a) bañeras; (b) bidés; ( c) bebederos;(d) accesorios para aplicaciones institucionales;(e) lavabos;(f) bases de ducha;(g) lavabos:(i) lavabos de laboratorio;(ii) lavabos para lavandería;(iii) lavabos de servicio; y (iv) lavabos; (h) urinarios; y (i) inodoros; 1.3 En esta Norma, “deberá” se utiliza para expresar un requisito, es decir, una disposición que el usuario está obligado a satisfacer para cumplir con la norma; “debería” se utiliza para expresar una recomendación o aquello que se aconseja pero no se requiere; “podrá” se utiliza para expresar una opción o aquello que está permitido dentro de los límites de la norma; y "can" se utiliza para expresar posibilidad o capacidad. Las notas que acompañan a las cláusulas no incluyen requisitos ni requisitos alternativos; El propósito de una nota que acompaña a una cláusula es separar del texto el material explicativo o informativo. Las notas a tablas y figuras se consideran parte de la tabla o figura y pueden escribirse como requisitos. Los anexos se denominan normativos (obligatorios) o informativos (no obligatorios) para definir su aplicación. 1.4 Las unidades SI son las unidades de registro en Canadá. En esta Norma, las unidades de yarda/libra se muestran entre paréntesis. Los valores indicados en cada sistema de medición son equivalentes en su aplicación; sin embargo, cada sistema debe usarse de forma independiente. La combinación de valores de los dos sistemas de medición puede resultar en no conformidad con esta Norma. Todas las referencias a galones son a galones estadounidenses. Para obtener información sobre los criterios de conversión de unidades utilizados en esta Norma, consulte el Anexo B.