Esta parte del Preestándar trata de la prevención de los efectos adversos a corto plazo de la exposición humana a campos electromagnéticos en el rango de frecuencia de 10 kHz a 300 GHz. El fundamento se establece en el Anexo A. Este Preestándar no se aplica a la exposición deliberada de personas a campos eléctricos o magnéticos durante investigaciones, diagnósticos o tratamientos médicos. No están cubiertos los riesgos de seguridad que puedan estar asociados con la ignición de materiales inflamables o el disparo de dispositivos explosivos en campos fuertes. Es posible que el cumplimiento de este preestándar no excluya la interferencia o los efectos en algunos ejemplos de implantes, como los marcapasos cardíacos.
DS/ENV 50166-2:1995 Historia
1995DS/ENV 50166-2:1995 Exposición humana a campos electromagnéticos -Alta frecuencia (10 kHz a 300 GHz)