Esta norma define procedimientos de medición para estimar el riesgo de pérdida auditiva inducida por ruido entre usuarios de equipos que producen ruido. Es aplicable a vehículos terrestres, aeronaves, embarcaciones y equipos móviles, transportables y estacionarios. El enfoque principal es medir por separado el nivel de sonido en las ubicaciones de los oídos del operador para cada condición de funcionamiento normal. Estos niveles se pueden combinar con escenarios de uso operativo y criterios de exposición para definir la gravedad de la exposición al ruido. Los datos también se pueden utilizar para definir los requisitos de protección auditiva o controles administrativos para evitar riesgos auditivos. La práctica tiene las siguientes limitaciones: La práctica utiliza equipos de medición portátiles de campo. La práctica produce datos que pueden compararse con criterios o límites aplicables si los límites están en términos de las cantidades medidas en esta norma o que pueden calcularse a partir de los datos medidos.1.1 Esta norma define los procedimientos de medición del ruido para estimar el riesgo de pérdida auditiva. entre los usuarios de equipos que producen ruido. Es aplicable a vehículos terrestres, aeronaves, embarcaciones y otros equipos móviles, transportables o estacionarios. 1.2 Esta norma no recomienda niveles límite de exposición al ruido ni criterios para ninguna de las aplicaciones discutidas. 1.3 Esta norma no pretende abordar todos los problemas de seguridad, si los hay, asociados con su uso. Es responsabilidad del usuario de esta norma establecer prácticas apropiadas de seguridad y salud y determinar la aplicabilidad de las limitaciones reglamentarias antes de su uso.