Esta norma europea especifica los requisitos técnicos para minimizar los riesgos enumerados en la cláusula 4 que pueden surgir durante la puesta en servicio, operación y mantenimiento de descongeladores y equipos diseñados exclusivamente para el deshielo y lavado de aeronaves con líquidos deshielo/antihielo/lavado cuando se realiza de acuerdo con las especificaciones dadas por el fabricante o su representante autorizado. También tiene en cuenta algunos requisitos de rendimiento reconocidos como esenciales por las autoridades, los fabricantes de aeronaves y GSE, así como por las aerolíneas y las agencias de asistencia. NOTA La seguridad de las aeronaves en relación con las operaciones de deshielo/antihielo no se trata en esta norma europea. Cualquier operación de deshielo o antihielo de una aeronave, incluso menor, afecta directamente a la seguridad del vuelo en el despegue. La prevención de accidentes aeronáuticos resultantes de la formación de hielo en vuelo se refiere principalmente a los fluidos y métodos utilizados, pero en ciertos casos también puede afectar al diseño o al funcionamiento de los equipos de deshielo o antihielo. Estos aspectos aeronáuticos no están cubiertos en esta norma europea (ver también Autoridades conjuntas de aviación (JAA), Reglamentos conjuntos de aviación (JAR) JAR-OPS subparte D 1.345 y cualquier material asociado). Esta norma se aplica a:
——los descongeladores autopropulsados con plataforma fija o pluma articulada;
——descongeladores remolcables con plataforma fija o pluma articulada;
——equipos estacionarios de deshielo/antihielo (por ejemplo, grúas de pluma fija, pórtico o torre equipadas con sistemas de fluidos deshielo/anticongelante para aeronaves). Esta norma no se aplica a:
——instalaciones fijas, como tanques de almacenamiento separados o estaciones de calefacción y llenado, que no son parte integrada del equipo de deshielo estacionario;
——sistemas de control hidráulico;
——sistemas neumáticos;
——sistemas generadores de flujo como tales. Esta norma no establece requisitos de ruido y vibración. El ruido y las vibraciones se tratan respectivamente en las normas prEN 1915-4 y prEN 1915-3. Esta norma no aborda los peligros relacionados con el chasis de un automóvil estándar y el tráfico en la plataforma. Esta parte de la Norma EN 12312 no es aplicable a los descongeladores y equipos descongelantes/anticongelantes fabricados antes de la fecha de publicación por parte del CEN de esta norma.
BS EN 12312-6:2004 Historia
2017BS EN 12312-6:2017 Cambios rastreados. Equipos de apoyo en tierra para aeronaves. Requisitos específicos. Descongeladores y equipos descongeladores/anticongelantes
2004BS EN 12312-6:2004+A1:2009 Equipos de apoyo en tierra para aeronaves - Requisitos específicos - Descongeladores y equipos deshielo/antihielo
2004BS EN 12312-6:2004 Equipos de apoyo en tierra para aeronaves - Requisitos específicos - Descongeladores y equipos deshielo/antihielo