Esta norma internacional cubre requisitos de seguridad de alto nivel aplicables a sistemas automatizados de transporte urbano guiado@ con trenes autopropulsados sin conductor o desatendidos@ que operan en una vía exclusiva. Esta norma solo trata los requisitos de seguridad necesarios para compensar la ausencia de un conductor o personal asistente que de otro modo sería responsable de algunas o todas las funciones de operación del tren (ver Tabla 1) @ dependiendo del nivel de automatización del sistema (ver áreas sombreadas en la Tabla 1 y ver 3.1 para una definición de los diferentes grados de automatización). Los requisitos de esta norma están restringidos a los sistemas de transporte según se definen en la Cláusula 5 y a DTO y UTO según se definen en 3.1.4 y 3.1.20 @ respectivamente.