NZS 5418.2:1983 CONTENEDORES PARA EL TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS Parte 2 Especificación para PEQUEÑOS BULTOS PARA EL TRANSPORTE POR TIERRA, MAR Y AIRE
Esta Norma se aplica a bultos que, en general, tienen un peso neto máximo de 400 kg o una capacidad máxima de 250 L. El Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) prevé el uso de bidones de hasta 450 L, pero estos no deben pesar más de 400 kg. (Ver Código IMDG de la OMI.) La norma puede ampliarse para cubrir contenedores de más de 450 litros construidos según lo especificado en esta norma.
NZS 5418.2:1983 Historia
1983NZS 5418.2:1983 CONTENEDORES PARA EL TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS Parte 2 Especificación para PEQUEÑOS BULTOS PARA EL TRANSPORTE POR TIERRA, MAR Y AIRE