SS 474 Pt.3-2000
ESPECIFICACIÓN PARA Seguridad de los juguetes Parte 3: Migración de ciertos elementos

Estándar No.
SS 474 Pt.3-2000
Fecha de publicación
2000
Organización
SG-SPRING SG
Ultima versión
SS 474 Pt.3-2000
Alcance
La Parte 3 de esta Norma de Singapur especifica requisitos y métodos de prueba para la migración de los elementos antimonio, arsénico, bario, cadmio, cromo, plomo, mercurio y selenio de materiales de juguetes y de partes de juguetes, excepto materiales no accesibles (ver Parte 1 de esta Norma). estándar). Los materiales de embalaje no están incluidos a menos que formen parte del juguete o tengan un valor de juego previsto (ver Anexo D). Cuando corresponda, el juguete se somete a las pruebas pertinentes, especificadas en la Parte 1 de esta norma, antes de considerar su accesibilidad. Se incluyen requisitos para la migración de los siguientes materiales de juguete: revestimientos de pinturas, barnices, lacas, tintas de impresión, polímeros y revestimientos similares (ver 8.1); Materiales poliméricos y similares, incluidos los laminados, reforzados o no con textiles, pero excluidos otros textiles (ver 8.2); papel y cartón (ver 8.3); textiles, ya sean naturales o sintéticos (ver 8.4); materiales de vidrio/cerámica/metálicos (ver 8.5); otros materiales, coloreados en masa o no (por ejemplo, madera, tableros de fibra, tableros duros, hueso y cuero) (véase 8.6); materiales destinados a dejar una huella (por ejemplo, los materiales de grafito en los lápices y la tinta líquida en las plumas) (ver 8.7); materiales de modelado flexibles, incluidas arcillas y geles para modelar (ver 8.8); pinturas, incluidas pinturas para dedos, barnices, lacas, polvos de glaseado y materiales similares, en forma sólida o líquida, que aparezcan como tales en el juguete (ver 8.9). No están cubiertos por esta parte los juguetes y partes de juguetes que, por su accesibilidad, función, masa, tamaño u otras características, excluyan evidentemente cualquier peligro por chupar, lamer o tragar, teniendo en cuenta el comportamiento normal y previsible de los niños. de SS 474. NOTA: Para los propósitos de esta norma, los siguientes criterios se consideran apropiados en la categorización de chupar, lamer o tragar: todos los juguetes destinados a contacto con alimentos/oral, juguetes cosméticos e instrumentos de escritura clasificados como juguetes. juguetes destinados a niños de hasta 6 años de edad, es decir, todas las piezas y componentes accesibles donde existe la probabilidad de que dichas piezas o componentes entren en contacto con la boca (ver Anexo D).

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