Dentro del alcance general definido en la Sección 1, la Norma Nacional Estadounidense B30.5 se aplica a grúas sobre orugas, grúas locomotoras, grúas montadas sobre ruedas y cualquier variación de las mismas que conserven las mismas características fundamentales. El ámbito de aplicación incluye únicamente las grúas de los tipos anteriores que funcionan básicamente con motores de combustión interna o motores eléctricos. Tractores y grúas de brazo lateral diseñados para la remoción de restos de ferrocarriles y automóviles, torres de perforación, grúas fabricadas específicamente para, o cuando se usan para, servicio de líneas eléctricas energizadas, grúas de brazo articulado, grúas con brazo de carro y grúas que tienen una capacidad nominal máxima de una tonelada o menos. están excluidos. Se incluyen en este ámbito las adaptaciones especiales a los tipos generales de máquinas cubiertas por este volumen, cuando corresponda. Algunos tipos de máquinas básicas dentro de este alcance se utilizan alternativamente para servicios de elevación y para aplicaciones que no se consideran servicios de elevación. Todos los requisitos de este volumen son aplicables a dichas máquinas cuando se utilizan para servicios de elevación. Sin embargo, como mínimo, la Sección 5-1.11, el Capítulo 5-2 y la Sección 5-3.1 de este volumen se aplican a las máquinas cuando se utilizan en otros servicios que no sean de elevación.