Esta norma especifica la forma y dimensiones de los pasos a nivel de ferrocarril de ancho de 1067 mm y 1435 mm (en adelante denominados "pasos a nivel") utilizados en los ferrocarriles ordinarios tal como se especifica en la Ordenanza de Aplicación del Artículo 4 de la Ley de Negocios Ferroviarios. Sin embargo, no se aplica a los cruces ferroviarios Shinkansen según la Ley Nacional de Desarrollo del Ferrocarril Shinkansen.