Esta norma europea especifica los requisitos técnicos para minimizar los peligros enumerados en la cláusula 4 que pueden surgir durante la puesta en servicio, operación y mantenimiento de equipos de servicio de agua potable cuando se lleva a cabo de acuerdo con las especificaciones dadas por el fabricante o su representante autorizado. También tiene en cuenta algunos requisitos reconocidos como esenciales por las autoridades, los fabricantes de aeronaves y equipos de apoyo en tierra (GSE), así como por las aerolíneas y agencias de manipulación. Esta norma se aplica a:
——vehículos de agua potable autopropulsados;
——vehículos de agua potable remolcables;
——móviles Partes de sistemas integrados de rampa, diseñados para serv.
DS/EN 12312-12+A1:2009 Historia
2009DS/EN 12312-12+A1:2009 Equipos de apoyo en tierra para aeronaves. Requisitos específicos. Parte 12: Equipos de servicio de agua potable.