Esta norma europea especifica los requisitos técnicos para minimizar los riesgos enumerados en el capítulo 4 que pueden surgir durante la puesta en servicio, operación y mantenimiento de equipos de energía terrestre, cuando se realiza de acuerdo con las especificaciones dadas por el fabricante o su representante autorizado. También tiene en cuenta algunos requisitos de rendimiento reconocidos como esenciales por las autoridades, los fabricantes de aeronaves y equipos de apoyo en tierra (GSE), así como por las líneas aéreas y las empresas de servicios. Esta norma europea se aplica a:
——unidades de propulsión terrestres, ya sean autopropulsadas o remolcables (ver ejemplos). Anexo A);
——equipo de energía a tierra cuando esté montado en otro
DS/EN 12312-20+A1:2009 Historia
2009DS/EN 12312-20+A1:2009 Equipos de apoyo en tierra para aeronaves. Requisitos específicos. Parte 20: Unidades eléctricas de potencia en tierra.