Esta norma europea se aplica a los contadores de calor, es decir, a los instrumentos destinados a medir el calor que, en un circuito de intercambio de calor, es absorbido o cedido por un líquido llamado líquido transportador de energía. El medidor indica calor en unidades legales. Los requisitos de seguridad eléctrica no están cubiertos por esta norma. La Parte 3 especifica el intercambio de datos entre un medidor y un dispositivo de lectura (comunicación PUNTO / PUNTO). Para estas aplicaciones que utilizan el cabezal de lectura óptica, se recomienda el protocolo EN 62056-21. Para la lectura local directa o remota de uno o varios medidores a través de un dispositivo de lectura alimentado por batería, la capa física de EN 13757-6 (bus local) es recomendado
DS/EN 1434-3:2008 Historia
2008DS/EN 1434-3:2008 Contadores de calor - Parte 3: Intercambio de datos e interfaces