Esta norma especifica el método para determinar el ángulo de pendiente natural de los polvos metálicos. Esta norma se aplica a los polvos metálicos que pueden fluir libremente o mediante vibración a través de un embudo con una apertura de 7,5 mm. Esta norma no se aplica a los polvos que son propensos a la absorción de humedad o a una aglomeración grave.