El objeto de esta directiva son los materiales cuya conservación y utilización son de interés, en particular en los monumentos culturales, teniendo en cuenta las leyes de cada condado federal. Según estas leyes, monumentos culturales dignos de conservación son cosas, entidades de cosas, partes de cosas, cuya conservación es de interés público por razones artísticas, científicas, técnicas o históricas, o por razones de desarrollo urbano. Esta directriz está dirigida a personas que poseen dichos bienes culturales o comerciales o que participan en el servicio, conservación y restauración de dichos bienes que están, directa o indirectamente, expuestos al aire libre.