Esta norma especifica las principales dimensiones, materiales, calidad y condiciones de fabricación de las puertas estancas de un solo panel de acero aplicadas a los barcos para garantizar la intercambiabilidad de las puertas de acero. El resto de dimensiones, soldaduras y otros detalles quedan a criterio del fabricante.Estas puertas generalmente cumplen con los requisitos de la Convención Internacional sobre Líneas de Carga, 1966 (LLC66). La aplicabilidad de las puertas en las posiciones 1 y 2 debería considerarse para cada situación y, si es necesario, las puertas deberían estar provistas de refuerzo adicional (ver Tabla 1). El Anexo A proporciona las dimensiones de las aberturas en los mamparos.