4.1 Estos son estándares mínimos de garantía de calidad aplicables a los laboratorios donde se realizan análisis de presentaciones de drogas incautadas. 4.2 Esta práctica debe ser utilizada por analistas forenses que realicen análisis de drogas incautadas y promovida/apoyada por la dirección del laboratorio. 1.1 Esta práctica cubre cuestiones de garantía de calidad en laboratorios forenses que realizan análisis de drogas incautadas, incluido el manejo de evidencia, procedimientos analíticos, redacción de informes, validación de métodos, documentación, pruebas de competencia, auditorías y salud y seguridad. 1.2 Esta práctica está destinada a aplicarse únicamente al análisis cualitativo de drogas incautadas. 1.3 Esta práctica no reemplaza el conocimiento, la habilidad, la experiencia, la educación o la capacitación y debe usarse junto con el criterio profesional. 1.4 Esta norma no pretende abordar todos los problemas de seguridad, si los hay, asociados con su uso. Es responsabilidad del usuario de esta norma establecer prácticas apropiadas de seguridad y salud y determinar la aplicabilidad de las limitaciones reglamentarias antes de su uso.