CFR 49-585.126-2014 Transporte. Parte 585: Requisitos de presentación de informes graduales. SubparteM: Requisitos de informes sobre mejoras de visibilidad trasera. Sección 585.126: Requisitos de presentación de informes.
(a) Requisitos de presentación gradual de informes. Dentro de los 60 días posteriores al final de cada uno de los años de producción que finalizan el 30 de abril de 2017 y el 30 de abril de 2018, cada fabricante deberá presentar un informe a la Administración Nacional de Seguridad del Tráfico en Carreteras sobre su cumplimiento de los requisitos de visibilidad trasera de los párrafos S5.5 y S6.2 de la Norma No. 111 (49 CFR 571.111) para sus vehículos producidos en ese año. Cada informe deberá proporcionar la información especificada en el párrafo (b) de esta sección y en §585.2 de esta parte.
CFR 49-585.126-2014 Historia
2014CFR 49-585.126-2014 Transporte. Parte 585: Requisitos de presentación de informes graduales. SubparteM: Requisitos de informes sobre mejoras de visibilidad trasera. Sección 585.126: Requisitos de presentación de informes.