CFR 7-2.45-2014
Agricultura. Parte 2: Delegaciones de autoridad por parte del secretario de agricultura y funcionarios generales del departamento. Subparte G: Delegaciones de autoridad por parte del subsecretario de desarrollo rural. Sección 2.45: Subsecretaria adjunta de desarrollo rural.

Estándar No.
CFR 7-2.45-2014
Fecha de publicación
2014
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 7-2.45-2014
Alcance
De conformidad con el §2.17(a), sujeto a las reservas del §2.17(b), y sujeto a la orientación y dirección de políticas por parte del Subsecretario de Desarrollo Rural, se hace la siguiente delegación de autoridad al Subsecretario Adjunto de Desarrollo Rural, para ejercerá únicamente durante la ausencia o indisponibilidad del Subsecretario: Realizar todas las funciones y ejercer todas las facultades que ahora o en el futuro puedan ser delegadas al Subsecretario de Desarrollo Rural: Disponiéndose, que esta autoridad será ejercida primero por el Subsecretario Adjunto de Política y Planificación, y segundo por el Subsecretario Adjunto de Operaciones y Gestión.

CFR 7-2.45-2014 Historia

  • 2014 CFR 7-2.45-2014 Agricultura. Parte 2: Delegaciones de autoridad por parte del secretario de agricultura y funcionarios generales del departamento. Subparte G: Delegaciones de autoridad por parte del subsecretario de desarrollo rural. Sección 2.45: Subsecretaria adjunta de desarrollo rural.



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