(a) Requisitos básicos de emisión. Las agencias estatales establecerán sistemas de emisión y rendición de cuentas que garanticen que sólo los hogares elegibles certificados reciban beneficios; que los beneficios del Programa se distribuyan oportunamente en las cantidades correctas; y que las actividades de conciliación y emisión de beneficios se realicen adecuadamente y se informen con precisión al FNS.
CFR 7-274.1-2014 Historia
2014CFR 7-274.1-2014 Agricultura. Parte 274: Emisión y uso de beneficios del programa. Artículo 274.1: Normas de aprobación del sistema de emisión.