CFR 7-652.37-2014

Estándar No.
CFR 7-652.37-2014
Fecha de publicación
2014
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 7-652.37-2014
Alcance
El período de descertificación no excederá los 3 años de duración y será decidido por el funcionario que descertifica, ya sea el Jefe Adjunto de Programas o el Jefe de NRCS, según corresponda, en función de su ponderación de todos los hechos relevantes y la gravedad de los motivos de la misma. decertificación, factores mitigantes, si los hubiere, y los siguientes lineamientos generales:

CFR 7-652.37-2014 Historia




© 2023 Reservados todos los derechos.