CFR 7-4280.125-2014 Agricultura. Parte 4280: Préstamos y subvenciones. SubparteB: Programa General de Energía Rural para América. Sección 4280.125: Tasas de interés.
a) El tipo de interés del préstamo garantizado será negociado entre el prestamista y el solicitante y podrá ser fijo o variable siempre que sea un tipo legal. El tipo variable debe basarse en índices publicados, como los índices del mercado monetario. Sin embargo, en ningún caso la tasa será mayor que la tasa habitualmente cobrada a los prestatarios en circunstancias similares en el curso normal de sus negocios. La tasa de interés cobrada está sujeta a la revisión y aprobación de la Agencia.
CFR 7-4280.125-2014 Historia
2011CFR 7-4280.125-2014 Agricultura. Parte 4280: Préstamos y subvenciones. SubparteB: Programa General de Energía Rural para América. Sección 4280.125: Tasas de interés.