CFR 10-20.1202-2014 Energía. Parte 20: Normas de protección contra las radiaciones. Subparte C: Límites de dosis ocupacionales. Sección 20.1202: Cumplimiento de los requisitos para la suma de dosis externas e internas.
(a) Si se requiere que el titular de la licencia realice un seguimiento conforme a §§20.1502 (a) y (b), el titular de la licencia deberá demostrar el cumplimiento de los límites de dosis sumando las dosis externas e internas. Si al titular de la licencia se le exige monitorear solo según §20.1502(a) o solo según §20.1502(b), entonces no se requiere la suma para demostrar el cumplimiento de los límites de dosis. El titular de la licencia podrá demostrar el cumplimiento de los requisitos de suma de dosis externas e internas cumpliendo una de las condiciones especificadas en el párrafo (b) de esta sección y las condiciones de los párrafos (c) y (d) de esta sección.
CFR 10-20.1202-2014 Historia
1992CFR 10-20.1202-2014 Energía. Parte 20: Normas de protección contra las radiaciones. Subparte C: Límites de dosis ocupacionales. Sección 20.1202: Cumplimiento de los requisitos para la suma de dosis externas e internas.