(a) Requisitos generales. Un arrendador deberá hacer las divulgaciones requeridas por §1013.4, según corresponda. Las divulgaciones se harán de forma clara y visible por escrito en un formato que el consumidor pueda conservar, de conformidad con esta sección. Las divulgaciones requeridas por esta parte pueden proporcionarse al arrendatario en formato electrónico, sujeto al cumplimiento del consentimiento del consumidor y otras disposiciones aplicables de la Ley de Firmas Electrónicas en el Comercio Nacional y Global (Ley E-Sign) (15 USC 7001 et seq. ). Para un anuncio al que accede el consumidor en formato electrónico, las divulgaciones requeridas por §1013.7 pueden proporcionarse al consumidor en formato electrónico en el anuncio, sin tener en cuenta el consentimiento del consumidor u otras disposiciones de la Ley de firma electrónica.
CFR 12-1013.3-2014 Historia
2014CFR 12-1013.3-2014 Bancos y Banca. Parte 1013: Arrendamiento al consumo (reglamento m). Sección 1013.3: Requisitos generales de divulgación.