(a) Una institución supervisada por la FDIC que sea una institución supervisada por la FDIC de enfoques avanzados que haya completado el proceso de ejecución paralela y que haya recibido notificación de la FDIC de conformidad con § 324.121(d) debe revelar públicamente cada trimestre su total y el riesgo de nivel 1 basado en el riesgo. ratios de capital y sus componentes calculados conforme a esta subparte (es decir, capital ordinario de nivel 1, capital adicional de nivel 1, capital de nivel 2, capital calificado total y activos totales ponderados por riesgo).