CFR 20-345.307-2015 Beneficios a los empleados. Parte 345: Contribuciones patronales e informes de cotizaciones. SubparteD: Tasas de cotización. Sección 345.307: Protesta de tarifas.
(a) Solicitud de reconsideración. Un empleador puede apelar una determinación de una tasa de contribución calculada según esta parte presentando una solicitud de reconsideración ante el Director de Políticas y Sistemas dentro de los 90 días posteriores a la fecha en que la Junta notificó al empleador su tasa de contribución para el siguiente calendario. año. Dentro de los 45 días siguientes a la recepción de una solicitud de reconsideración, el Director emitirá una decisión sobre la protesta.
CFR 20-345.307-2015 Historia
2015CFR 20-345.307-2015 Beneficios a los empleados. Parte 345: Contribuciones patronales e informes de cotizaciones. SubparteD: Tasas de cotización. Sección 345.307: Protesta de tarifas.