(a) Una vez que la CPSC publica los requisitos para la acreditación de una regla o método de prueba de la CPSC en particular, un organismo de evaluación de la conformidad externo puede solicitar a la CPSC la aceptación en ese alcance de acreditación. Se puede presentar una solicitud para la aceptación de la acreditación de más de una regla o método de prueba de la CPSC. Una vez aceptado por la CPSC, un organismo de evaluación de la conformidad de terceros puede solicitar en cualquier momento ampliar el alcance de su aceptación para incluir reglas o métodos de prueba adicionales de la CPSC. Un organismo de evaluación de la conformidad de un tercero solo puede emitir resultados de pruebas para los fines de la sección 14 de la CPSA que se encuentren dentro de un alcance para el cual la CPSC haya aceptado la acreditación del organismo de evaluación de la conformidad de un tercero.
2013CFR 16-1112.15-2013 Prácticas Comerciales. Parte 1112: Requisitos relativos a organismos de evaluación de la conformidad de terceros. Sección 1112.15: ¿Cuándo puede un organismo de evaluación de la conformidad externo solicitar la aceptación de la CPSC para una regla o método de prueba de la CPSC en particular?