CFR 20-702.315-2015
Beneficios de los empleados. Parte 702: Administración y procedimiento. SubparteC: Procedimientos de adjudicación. Sección 702.315: Celebración de un acuerdo de conferencia sobre todos los asuntos relacionados con la reclamación.

Estándar No.
CFR 20-702.315-2015
Fecha de publicación
2015
Organización
US-CFR-file
Ultima versión
CFR 20-702.315-2015
Alcance
(a) Después de una conferencia informal en la que se llegue a un acuerdo sobre todos los temas, el director de distrito deberá (dentro de los 10 días posteriores a la conclusión de la conferencia), plasmar el acuerdo en un memorando o dentro de los 30 días emitir una orden de compensación formal, que se presentará y enviado por correo de acuerdo con §702.349. Si cualquiera de las partes solicita que se emita una orden de compensación formal, el director de distrito deberá, dentro de los 30 días siguientes a dicha solicitud, preparar, presentar y entregar dicha orden de acuerdo con §702.349. Cuando el problema fuese de tal naturaleza que se resolvió mediante conversación telefónica o mediante intercambio de correspondencia escrita, se notificará a las partes por el mismo medio que se llegó al acuerdo y el director de distrito preparará un memorando u orden en el que se expongan los términos acordados. . En cualquier caso, cuando el empleador o asegurador haya acordado pagar, restablecer o aumentar los beneficios de compensación monetaria, o restaurar o cambiar adecuadamente los beneficios de atención médica, dicha acción deberá iniciarse inmediatamente después de tener conocimiento del acuerdo, y sin esperar la recepción de la notificación. memorando o la orden formal de compensación.

CFR 20-702.315-2015 Historia

  • 2015 CFR 20-702.315-2015 Beneficios de los empleados. Parte 702: Administración y procedimiento. SubparteC: Procedimientos de adjudicación. Sección 702.315: Celebración de un acuerdo de conferencia sobre todos los asuntos relacionados con la reclamación.



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