CFR 18-380.5-2014 Conservación de los recursos energéticos y hídricos. Parte 380: Reglamento de aplicación de la ley de política ambiental nacional. Artículo 380.5: Actuaciones que requieren evaluación ambiental.
Normalmente se preparará primero una evaluación ambiental para las acciones identificadas en esta sección. Dependiendo del resultado de la evaluación ambiental, la Comisión podrá o no preparar una declaración de impacto ambiental. Sin embargo, dependiendo de la ubicación o alcance de la acción propuesta, o de los recursos afectados, la Comisión podrá en circunstancias específicas proceder directamente a preparar una declaración de impacto ambiental.
CFR 18-380.5-2014 Historia
2014CFR 18-380.5-2014 Conservación de los recursos energéticos y hídricos. Parte 380: Reglamento de aplicación de la ley de política ambiental nacional. Artículo 380.5: Actuaciones que requieren evaluación ambiental.