(a) Se expide una licencia general que autoriza a empresas comerciales e industriales; instituciones de investigación, educativas y médicas; y agencias gubernamentales federales, estatales y locales para recibir, poseer, usar y transferir uranio y torio, en sus concentraciones isotópicas naturales y en forma de uranio empobrecido, para fines de investigación, desarrollo, educativos, comerciales u operativos en los siguientes formas y cantidades.
CFR 10-40.22-2013 Historia
2013CFR 10-40.22-2013 Energía.Parte 40: Licencias nacionales de material básico. Sección 40.22: Pequeñas cantidades de material de origen.