(a) En general. (1) Anualmente, la Junta realizará un análisis del capital de cada empresa cubierta, sobre una base total consolidada, teniendo en cuenta todas las exposiciones y actividades relevantes de esa empresa cubierta, para evaluar la capacidad de la empresa cubierta para absorber pérdidas. en condiciones económicas y financieras específicas.
CFR 12-252.134-2013 Historia
2013CFR 12-252.134-2013 Bancos y banca. Parte 252: Normas prudenciales mejoradas (reglamento yy). Artículo 252.134: Análisis anual realizado por la junta.