Para los propósitos de esta subparte: (a) Una filial de un banco estatal no miembro asegurado significa: (1) Cualquier entidad de la cual el banco estatal no miembro asegurado sea una subsidiaria directa o indirecta o que de otro modo controle el banco estatal no miembro asegurado;
CFR 12-347.102-2013 Historia
2013CFR 12-347.102-2013 Bancos y banca. Parte 347: Banca internacional. Sección 347.102: Definiciones.