a) Política general. La Oficina del Censo recomienda encarecidamente la divulgación de cualquier violación o sospecha de violación del RCE. La divulgación voluntaria es un factor mitigante a la hora de determinar qué sanciones administrativas, en su caso, se solicitarán. El Secretario de Comercio ha delegado toda la autoridad de aplicación en virtud del Capítulo 9 del 13 USC al BIS y al DHS.
CFR 15-30.74-2013 Historia
2014CFR 15-30.74-2014 Comercio y comercio exterior. Parte 30: Regulaciones de comercio exterior. Sección 30.74: Autodivulgación voluntaria.
2013CFR 15-30.74-2013 Comercio y comercio exterior. Parte 30: Regulaciones de comercio exterior. Sección 30.74: Autodivulgación voluntaria.